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BUSCALDI, DANIEL OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes previsionales. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia, declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609 y ordenó actualizar los haberes con una fórmula combinada de IPC e índice RIPTE.

Inconstitucionalidad Seguridad social Movilidad previsional Tope prestacional Formula de actualizacion Reajuste haber inicial.

Reajustes varios de su beneficio previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609 a partir de 2022 y ordenó la actualización de los haberes en forma trimestral con una fórmula combinada de 50% IPC y 50% RIPTE. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del tope del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 en caso de resultar confiscatorio. Fundamentos relevantes:
- El Congreso tiene la facultad de regular la movilidad previsional, pero debe hacerlo de manera razonable y proporcional, sin provocar reducciones confiscatorias.
- La fórmula de la ley 27.609 terminó generando una pérdida del poder adquisitivo de los haberes previsionales, por lo que se declaró su inconstitucionalidad a partir de 2022.
- Para resguardar la movilidad se dispuso una fórmula combinada de 50% IPC y 50% RIPTE, por ser más acorde a reflejar la variación del nivel de vida de los jubilados.
- Se confirmó la declaración de inconstitucionalidad del tope del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 en caso de resultar confiscatorio.

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