L. J. G. S/ RECURSO DE CASACION
El recurso de casación interpuesto por la defensa contra la revocación del sobreseimiento fue rechazado por inadmisible. La Cámara argumentó que la resolución no es sentencia definitiva ni equiparable, por lo que no es susceptible de casación, dado que no implica la finalización del proceso ni produce un gravamen de imposible reparación ulterior.
La defensa oficial de J. G. L. interpuso recurso de casación contra la resolución de la Sala Primera de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial San Martín que revocó el sobreseimiento dictado por el Juzgado de Garantías N° 2. La recurrente argumentó que la resolución impugnada afecta derechos constitucionales y que, si bien no es sentencia definitiva, es equiparable a ella por producir un gravamen irreparable, además de invocar la vulneración del derecho a la doble instancia y la inobservancia de varias normas procesales. La Fiscalía solicitó el rechazo del recurso. El tribunal de casación analizó la naturaleza de la resolución impugnada y concluyó que no se trataba de una sentencia definitiva ni de una resolución equiparable a ella, ya que no pone fin al proceso ni impide su continuación. La decisión de la Cámara no produce un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior, por lo que no cumple con los requisitos para ser susceptible de casación. La jurisprudencia citada respalda que los recursos extraordinarios solo proceden contra sentencias definitivas o resoluciones que impidan la prosecución del proceso. Por ello, se rechazó el recurso de casación por inadmisible.
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