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ALVAREZ YAMILA EVA C/ RECTIFICADORA COLON SRL S/ DESPIDO

Tribunal del Trabajo N° 6 del Departamento Judicial de Avellaneda Lanús declara la caducidad de instancia por inactividad prolongada y cierra el proceso.

Costas Honorarios Regulacion de honorarios Desistimiento Notificacion Caducidad de instancia Inactividad procesal Despido Tribunal del trabajo Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa fue promovida por ALVAREZ YAMILA EVA contra RECTIFICADORA COLON SRL por despido. La sentencia declara operada la caducidad de instancia debido a más de seis meses de inactividad sin impulso procesal, en aplicación del art. 11 ley 15.057. El Tribunal notificó a la parte actora y, tras no obtener respuesta, resolvió la caducidad. La decisión se fundamenta en que "transcurridos más de seis meses de inactividad sin que se hubiera instado el curso del proceso este Tribunal, intimó a la parte a producir actividad procesal útil bajo apercibimiento de declarar operada la caducidad de instancia, intimación notificada con fecha 27/6/25 sin que, transcurridos los plazos de ley se impulsara el trámite." Además, se resalta que la caducidad debe ser declarada en virtud de lo dispuesto en el art. 11 ley 15.057. Las costas fueron soportadas por la actora, y se regularon honorarios en 7 jus para el Dr. Luna Alejandro, con las adiciones correspondientes del 10% de aporte legal e IVA.

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