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SMITH MENDOZA REYES NELSON C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SAU S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio por 4.500.000 pesos en un reclamo por accidente de trabajo. La homologación se basa en que el convenio no vulnera normas de orden público y cumple con los artículos 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, otorgándole fuerza de cosa juzgada. La sentencia además regula costas, tasas, honorarios y pagos.

Accidente de trabajo Costas procesales Cosa juzgada Pago de indemnizacion Homologacion acuerdo conciliatorio Ley 24.241 y ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, Nelson Smith Mendoza Reyes, reclama en un proceso por accidente de trabajo contra Federación Patronal Seguros SAU.
- Las partes llegaron a un acuerdo conciliatorio fechado el 3/7/2025, por una suma de 4.500.000 pesos.
- El tribunal analizó el convenio y ratificación personal, concluyendo que no vulnera normas de orden público y que la composición de la litis es justa.
- La resolución homologó el acuerdo con fuerza de cosa juzgada, ordenó el pago en los términos pactados, y dispuso costas a cargo de la demandada.
- Se intimó a la parte demandada a abonar tasas y honorarios, con detalles sobre la forma de pago y regularización de honorarios profesionales.
- Además, se establecieron instrucciones para el pago de las sumas acordadas, incluyendo la acreditación en cuentas bancarias, y se notificó sobre el CUIT del Poder Judicial.
- La decisión fundamenta que "el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT".
- Se destaca que "el acuerdo conciliatorio arribado entre las partes en fecha 3/7/2025 por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 4.500.000) que la parte demandada FEDERACION PATRONAL DE SEGUROS ART SA se aviene a abonar en la forma estipulada".
- La homologación implica que el acuerdo tiene fuerza de cosa juzgada, y que las partes están obligadas a cumplirlo en los términos pactados.
- Disposiciones adicionales sobre tasas, honorarios, pagos y notificaciones garantizan la ejecución efectiva del acuerdo.
- El tribunal también regula los honorarios profesionales y las condiciones de pago, asegurando la correcta percepción por parte de los letrados intervinientes.

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