PAVÓN LUCÍA VANESA C/ AUTOASEGURADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
El tribunal condenó a la Provincia de Buenos Aires a pagar indemnización por accidente in itinere a Lucía Vanesa Pavón. La sentencia confirma la relación laboral, la contingencia y la incapacidad psicológica, rechazando inconstitucionalidades y estableciendo monto y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Lucía Vanesa Pavón, demanda a la Provincia de Buenos Aires por daños derivados de un accidente ocurrido en su desplazamiento desde el trabajo a su domicilio, en el cual resbaló y cayó. La Provincia reconoció la existencia de un contrato de seguro y prestaciones en especie, negando la relación laboral y la incapacidad. La prueba pericial médica indicó que no presenta incapacidad física, mientras que la pericial psicológica acreditó una reacción depresiva con un 5% de incapacidad, relacionada con el hecho. La causa se fundamenta en que la contingencia ocurrió en un trayecto en motocicleta, y que la normativa vigente en la época (Ley 24.557 y modificaciones) es aplicable. El tribunal desestima el planteo de inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 26.773 (reclamado por la actora), argumentando que la diferenciación entre accidentes laborales y in itinere es constitucional, en línea con jurisprudencia y estándares internacionales. Se determina una indemnización de $252.220,40, actualizada con intereses desde el 08/11/2021, totalizando $931.879,22. Además, declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 por exceder facultades legislativas del Poder Ejecutivo, y rechaza el pedido de prestaciones en especie. Se imponen costas a la demandada y se regulan honorarios profesionales, limitando a $130.000 la responsabilidad del letrado de la actora, y sin regulación de honorarios periciales, que deben ser afrontados por las partes, salvo excepciones. Se ordena la comunicación de desvinculación de los peritos y otras formalidades administrativas.
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