MORENO DAIANA MAGALI Y OTRO/A C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia regula los honorarios de las abogadas patrocinantes en sede administrativa, confirmando el monto y ordenando su pago por parte de Galeno ART S.A. La resolución se fundamenta en la normativa de la Ley 27.348 y la Ley 14.967, y en la comprobación de la intervención oficiosa en el expediente administrativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia analiza la procedencia de la regulación de honorarios a favor de las Dras. Moreno y Barragan, quienes intervinieron en el expediente administrativo SRT 071717/23 en representación del trabajador Pablo Gabriel Sanchez. La Juez destaca que su actuación fue oficiosa y parcial, dado que el trámite administrativo concluyó con una incapacidad temporal y no la declaración de incapacidad permanente. La normativa aplicada incluye la Ley 27.348 y la Ley 14.967, que establecen que los honorarios en estos casos corresponden a la aseguradora si la actuación fue oficiosa y la pretensión fue parcialmente reconocida. La decisión se basa en que las actuaciones administrativas quedaron concluidas en la resolución de la Comisión Médica, y que la regulación de honorarios debe hacerse en función del trabajo desplegado. La condena implica que Galeno ART S.A. debe pagar las sumas de 4 JUS a Moreno y 1 JUS a Barragan, con los aportes de ley e IVA en caso de corresponder. La orden también detalla la forma de pago y el depósito en cuenta bancaria, además de la imposición de costas a la parte vencida.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: