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ACUÑA MARINA KAREN C/ FISCALIA DEL ESTADO- GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La Cámara de Lomas de Zamora confirmó la condena al Ministerio de Seguridad por accidente in itinere, rechazando inconstitucionalidades y manteniendo la indemnización por incapacidad del 22.2%, basada en informes médicos, periciales, y normativa vigente.

Quién demanda: Marina Karen Acuña, en representación de sí misma, por accidente laboral sufrido el 13.11.2022.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios, específicamente por incapacidad permanente parcial derivada del accidente in itinere, con un porcentaje de incapacidad del 22.2%.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la demanda, condenando al Ministerio a pagar la suma de $5.314.035 por incapacidad, más intereses desde la fecha del siniestro, totalizando aproximadamente $16.598.647. Además, rechazó los planteos de inconstitucionalidad y otros recursos interpuestos por la demandada. Fundamentos principales:
- Se acreditó la existencia del accidente in itinere en fecha 13.11.2022, mediante reconocimiento de las partes y prueba documental, incluyendo informes de la Comisión Médica y la SRT.
- La pericia médica determinó una incapacidad del 20%, que por factores de ponderación se incrementó a 22.2%.
- La normativa aplicable es la Ley 24.557 con sus modificaciones, vigente en el momento del conocimiento de la incapacidad.
- Se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad del DNU 669/19, de la ley 24.432, 23.928, y otros, por considerar que no se acreditaron circunstancias excepcionales o que vulneren derechos constitucionales.
- La suma indemnizatoria se calculó de acuerdo con la fórmula legal, incluyendo intereses y actualización por RIPTE.
- La demanda no fue aceptada en parte por daño psicológico, por falta de acreditación.
- Se impusieron costas a la demandada vencida y se regularon honorarios profesionales.
- Se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19, por violar la división de poderes y principios constitucionales.
- Se rechazaron diversas cuestiones relativas a inconstitucionalidades y plazos, y se rechazó parcialmente la demanda en la parte de daño psicológico.
- La condena total asciende a aproximadamente $16.598.647, con intereses devengados desde el 13.11.2022.
- La apelación fue resuelta en mayoría, confirmando la sentencia de primera instancia, y en disidencia se cuestionaron aspectos procesales y de fondo.

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