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DOMINGUEZ JULIAN CRUZ C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La demanda por honorarios profesionales en causa de divergencia en la determinación de incapacidad y actuación ante comisiones médicas, es procedente y debe hacerse lugar, regulando los honorarios en base a la suma abonada por la ART, con costas a la demandada, y rechazando inconstitucionalidades invocadas.

Costas Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Inconstitucionalidad Comisiones medicas Procedimiento administrativo Divergencia en incapacidad Resolucion judicial. Ley 14.967

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Dr. Julian C. Domínguez promovió demanda por honorarios profesionales en el expediente administrativo SRT N° 270750/24, donde asistió al trabajador Ruben Agustín Boxler, en un proceso de divergencia en la determinación de incapacidad laboral, culminando con un acuerdo en prestaciones dinerarias por $2.441.624,24. La sentencia señala que la intervención del profesional fue obligatoria y que la regulación de honorarios debe ajustarse a los parámetros de la ley 14.967, artículo 44, inc. b, considerando la suma abonada en el expediente administrativo. La Cámara concluye que corresponde regular los honorarios en 2,89 jus arancelarios, más adicionales y IVA, a cargo de la demandada, Federación Patronal Seguros S.A. Además, rechaza el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y la aplicación de la doctrina Barrios, considerando que la fundamentación de la demanda es insuficiente y que la ley 14.967 prevé mecanismos de resguardo del valor de honorarios. Se imponen costas a la demandada.

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