COFADES S.A. C/ AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION ANULATORIA - OTROS JUICIOS
La Cámara anuló la disposición que rechazó el recurso de reconsideración por falta de firma, ordenando que se trate y resuelva el recurso de fondo, considerando que la negativa vulneraba derechos de defensa y principios administrativos.
Quién demanda: COFADES S.A.
¿A quién se demanda?
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires
- ARBA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad de la Disposición Delegada N° 111/20 que rechazó el recurso de reconsideración por ausencia de firma y pedido de tratamiento del recurso de fondo contra la multa, además de la nulidad del acta de comprobación y la multa.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, anulando la disposición administrativa que rechazó el recurso por formalismo y ordenando que ARBA le otorgue tratamiento y resolución al recurso de reconsideración. La sentencia consideró que la negativa por falta de firma vulneraba el derecho de defensa, los principios de buena fe y formalismo moderado, y que la autoridad fiscal debió intimar a la parte a subsanar la omisión antes de rechazar.
Fundamentos principales:
- La presentación del recurso fue realizada en forma presencial y fue sellada sin que se verificara el requisito formal de firma por parte de la Administración, vulnerando el principio de buena fe y los derechos del administrado.
- La ley y la jurisprudencia aplicable establecen que en casos de duda sobre la firma, la autoridad debe llamar al interesado a ratificar en presencia, no rechazar inmediatamente por formalismo.
- La conducta de la Administración, al rechazar el recurso por la mera falta de firma sin intimación previa y sin verificar la identidad, viola los principios del procedimiento administrativo y la protección del derecho de defensa.
- La nulidad del acto es procedente, y la autoridad debe tratar y resolver el recurso en trámite de fondo.
- La sentencia también hace referencia a que la ejecución del acto sancionatorio no puede proceder sin una resolución definitiva y firme, pero en este caso, la cuestión principal es la validez formal del acto administrativo que rechazó el recurso.
- Se imponen las costas a la parte demandada, en su calidad de vencida.
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