BANCO PIANO SA C/ RAMIREZ SUSANA S/ COBRO EJECUTIVO
La resolución declara la caducidad de la instancia en un proceso de cobro ejecutivo por falta de impulso procesal por parte de la parte actora, imponiendo costas y dejando pendiente la regulación de honorarios hasta que la sentencia quede firme. La decisión se basa en la inactividad procesal y en la ley 13.986, que prevé la caducidad en casos de reincidencia en omitir el impulso del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte demandante, BANCO PIANO SA, promovió un cobro ejecutivo contra RAMIREZ SUSANA. La sentencia declara la caducidad de la instancia por inacción de la parte actora, específicamente por no haber impulsado el proceso desde la última actuación del 24/03/2021, transcurriendo más de tres meses sin actividad. La jueza Lelkes fundamenta que la caducidad es un instituto de orden público destinado a evitar la duración indefinida de los procesos, y cita que la ley 13.986 contempla la caducidad por reincidencia en la omisión de impulsar el proceso. Además, se imponen costas a la parte actora y se difiere la regulación de honorarios hasta que la sentencia quede firme. La resolución se basa en que, desde la última actuación, ha transcurrido el plazo establecido por el art. 310 inc. 3° del C.P.C.C., sin que la parte actora haya tomado nuevas medidas.
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