.................... S/APELACION FALTA MUNICIPAL
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de General Pueyrredón confirmó la multa de $783.591 por ampliación de obra sin permiso municipal y superación del FOT, concluyendo que la acción contravencional no está prescripta pues la infracción es de naturaleza permanente y subsiste en el tiempo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa nace por la denuncia de la Municipalidad de General Pueyrredón, que constató mediante acta de constatación n° 761391, el 26/07/2024, la realización de una ampliación de obra en un inmueble sito en calle U. n° 4961, superando en 15,80 m2 el FOT sin autorización municipal, y que la misma se encontraba terminada y habitada. La resolución sancionatoria fue dictada por la Juez Correccional n°1 Departamental, Dra. Ana María Fernández, quien aplicó una multa de $783.591 y otra de $2.950 en concepto de tasa de actuaciones contravencionales. La defensa alegó la prescripción del delito, la vulneración del derecho de defensa, y la nulidad del procedimiento por omisión en el análisis de pruebas y por considerar la contravención como de carácter permanente, lo que impediría su prescripción. La Cámara, tras análisis, desestimó estos agravios, señalando que las contravenciones relacionadas con construcciones sin permiso son de naturaleza "permanente", por lo que la acción no está prescripta mientras la conducta antijurídica subsista. En ese marco, confirmó la sentencia que impuso la multa y la tasa, destacando que el acta de constatación y la documentación acompañada evidencian claramente la infracción. La Sala precisó que la infracción fue descrita de forma clara, y que el hecho de que la construcción exista desde hace 25 años no implica que la conducta sea prescripta, pues la contravención es continua en tanto la obra permanezca sin autorización. La sentencia también rechazó la alegación de nulidad por falta de análisis de pruebas o por errores en la tipificación, ya que la conducta y sus efectos fueron debidamente fundamentados y valorados en autos.
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