DEL GOBBO CLAUDIA PIA C/ IPS S/ AMPARO
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo contra el IPS, rechazando el recurso de apelación de la demandada, y sostuvo que la actuación del IPS vulnera derechos constitucionales, en particular la progresividad en la protección de derechos sociales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Claudia Del Gobbo, promovió acción de amparo contra el IPS para que deje de retener en su haber jubilatorio el impuesto a las ganancias en toda su extensión, en cumplimiento de las resoluciones n° 4385/2000 y 436/2019 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que ordenan liquidar solo el sueldo básico. La sentencia de grado rechazó la excepción de incompetencia planteada por el IPS y hizo lugar a la demanda, condenando al IPS a liquidar solo el sueldo básico para el impuesto. La Cámara confirmó esa resolución, sosteniendo que el IPS actúa como agente de retención en un marco constitucional y legal que le impone respetar derechos constitucionales y que la controversia se vincula con la interpretación de normas nacionales en el ámbito local, por lo que la competencia es provincial. Además, rechazó los agravios referidos a la legalidad de la actuación del IPS y a la vía procesal, argumentando que el acto administrativo vulnera la garantía de progresividad y derechos sociales, y que la vía del amparo es adecuada para la protección de derechos constitucionales y derechos adquiridos en materia previsional. La Cámara concluyó que la conducta del IPS vulnera derechos constitucionales y que la sentencia de grado debe mantenerse.
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