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JAIME GONZALO EMANUEL C/ OLIVERA JUAN JOSE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Morón modificó la regulación de honorarios de la mediadora y elevó los honorarios de la Dra. Sandra Noemí Anea, rechazando la inconstitucionalidad del art. 27 del decreto reglamentario 2530/10 y del art.31 de la ley 13.951, y confirmando la resolución en todo lo demás.

Danos y perjuicios Recurso de apelacion Justicia civil Honorarios profesionales Inconstitucionalidad Mediacion Honorarios de peritos Ley 13.951 Camara de moron Decreto 2530/10

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Jaime Gonzalo Emanuel, demanda daños y perjuicios en un proceso por accidentes automovilísticos contra Juan José Olivera y otro. La Cámara analiza la regulación de honorarios de la mediadora y profesionales, y la constitucionalidad del art. 27 del decreto reglamentario 2530/10 y art. 31 de la ley 13.951. La Sala concluye que la regulación de honorarios de primera instancia no resulta exorbitante, y que la inconstitucionalidad del art. 27 del decreto 2530/10 debe ser rechazada por haberse planteado de manera tardía y por no existir relación con el objeto del proceso. La Cámara mantiene los honorarios de la mediadora y los honorarios de los peritos, elevando estos últimos a $140.000 cada uno, y confirma la resolución en todo lo demás. La decisión se fundamenta en que la eficacia y mérito del trabajo del mediador no se juzga por la cantidad de audiencias ni por los resultados, sino por la labor en sí misma, y que no existe desigualdad en los honorarios de los profesionales. Además, se rechaza la inconstitucionalidad por no haberse planteado oportunamente y por no tener relación con la materia del litigio.

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