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SARTORI JUAN EDUARDO C/ MOSTI MARIO MARCELO Y OTRO/A S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

La Cámara de Mercedes revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazando el cobro de honorarios por tasación y corrigiendo la solidaridad en el pago de honorarios, confirmando en todo lo demás la decisión inicial.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Buena fe contractual Solidaridad Tasacion inmobiliaria Contrato de corretaje Normativa provincial Ley 26.994 Ley 10.973 Ley 20.266

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor Juan Eduardo Sartori demandó a Mario Marcelo Mosti, Elena Kononova, Néstor José Percara y Mónica Esther Peña por cobro de honorarios profesionales por corretaje inmobiliario y tasación. La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a los demandados al pago de honorarios y tasación, y disponiendo solidaridad en el pago. La Cámara analiza los agravios relativos a la forma del contrato, la existencia de buena fe, la validez de la tasación y la solidaridad en el pago. Considera que el contrato de corretaje no requiere forma escrita y que la actividad del actor está probada, aplicando principios constitucionales y de buena fe. En cuanto a la tasación, concluye que no corresponde su pago como honorario, dado que no fue solicitado ni habitual, en concordancia con la legislación y costumbres del rubro. Además, rectifica la solidaridad en el pago, estableciendo que cada parte debe abonar su parte en forma individual, en línea con la normativa vigente. La sentencia se confirma en todo lo demás.

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