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ELICHIRI NATALIA C/ TRANSAGRO S.A Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Azul confirmó la responsabilidad civil y las indemnizaciones por daños en accidente de tránsito ocurrido en Las Flores. La sentencia valoró la responsabilidad de la demandada y actualizó las sumas indemnizatorias, elevando el daño moral a $15.000.000.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Natalia Elichiri, demanda a Transagro S.A. y la aseguradora La Segunda Coop. por daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 20/02/15 en Las Flores. La sentencia de primera instancia responsabilizó a la demandada por incumplimiento de prioridad de paso y condenó a indemnizar por incapacidad, daño moral, destrucción de motocicleta, y gastos médicos, con una suma total de $45.630.000. La apelación de la actora cuestionó la insuficiencia de la indemnización por incapacidad (que fue actualizada a $42.642.982,51), el monto de daño moral (que fue elevado a $15.000.000), y la suma por destrucción de la motocicleta (confirmada en $240.000). La demandada y la aseguradora alegaron que la conducta de la víctima interrumpió el nexo causal y solicitaron reducir responsabilidades y montos. La Cámara, tras analizar pericias y las pruebas, confirmó la responsabilidad de la demandada por responsabilidad objetiva, rechazó los agravios sobre causalidad, y elevó la indemnización por daño moral en atención a los padecimientos y secuelas psíquicas de la víctima. También confirmó la suma por destrucción total de la motocicleta. Los intereses se calcularon al 6% desde el hecho y posteriormente a la tasa pasiva del Banco de la Provincia, confirmándose los montos y las responsabilidades solidarias. FUNDAMENTOS PRINCIPALES:
- La responsabilidad de Transagro S.A. se fundamenta en la prioridad de paso en intersección de avenidas de igual jerarquía, correspondiendo la responsabilidad a la parte que accedió desde la derecha, en este caso, la motocicleta.
- La pericia mecánica en sede penal no resulta concluyente para desvirtuar la responsabilidad del conductor del camión, y la pericia civil, practicada con control de ambas partes, resulta más sólida y asertiva, confirmando la responsabilidad de la demandada.
- La indemnización por incapacidad sobreviniente se actualizó a $42.642.982,51, considerando la edad, el ingreso promedio, y la fórmula de renta constante, ajustándose a la jurisprudencia del tribunal y a la realidad económica actual.
- La suma por daño moral se elevó a $15.000.000, dado el impacto psicológico, las intervenciones quirúrgicas y el contexto de la incapacidad del 53,92%, considerando la jurisprudencia en daños a las personas.
- La suma por destrucción de la motocicleta se confirmó

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