PAREDES JORGE LUJAN C/ SANATORIO DE LA TRINIDAD QUILMES S.A. S/ DESPIDO
Homologación de acuerdo conciliatorio en causa laboral por despido. La Cámara homologó el acuerdo alcanzado entre las partes, estableciendo las condiciones y montos de pago, y declarando costas a cargo de la demandada, con beneficios de exención en ciertos casos. La decisión se fundamenta en que la conciliación no viola el orden público laboral y beneficia la seguridad jurídica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jorge Lujan Paredes, demandó por despido a Sanatorio de la Trinidad Quilmes S.A. y arribó a un acuerdo conciliatorio con la parte demandada por la suma de 70 millones de pesos, que debe ser abonada en la forma pactada en el acta. La homologación del acuerdo permite que las partes puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada, en conformidad con el artículo 30 de la ley 15.057. La resolución destaca que la conciliación no enerva las disposiciones laborales de orden público, específicamente los arts. 15 y 263 de la Ley de Contrato de Trabajo. Además, se regulan aspectos procesales como costas, honorarios profesionales, y modalidades de pago, con la finalidad de garantizar la ejecución efectiva del acuerdo. La decisión se fundamenta en que la conciliación refleja una justa composición de derechos e intereses, y que la misma no vulnera el orden público laboral, siendo conveniente homologarla para evitar futuras litis. La resolución también establece mecanismos para el pago del monto conciliado, incluyendo la apertura de cuentas bancarias y la acreditación de los datos por parte del actor y los profesionales intervinientes.
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