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FLORES RAMONA ISABEL C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Homologación de conciliación en accidente laboral por acuerdo entre la actora y la aseguradora, con pago de $3.500.000 y exención de costas, confirmando los términos del acuerdo y sus efectos jurídicos.

Costas procesales Honorarios profesionales Cosa juzgada Cuentas bancarias Conciliacion laboral Homologacion de acuerdo Ley 14.967 Ley 15.057 Exencion de tasas Pago por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa 42204, caratulada "FLORES RAMONA ISABEL C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO
- ACCION ESPECIAL", tiene por objeto la homologación de una conciliación entre la actora y la demandada. El tribunal resolvió homologar la conciliación alcanzada, que contempla un pago de 3.500.000 pesos, en los términos pactados, considerando que la misma no vulnera derechos de orden público ni disposiciones laborales y que garantiza la seguridad jurídica de las partes. La decisión se fundamenta en que la conciliación "alcanzó, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes", y que por ello "corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada". La homologación beneficia a las partes, homologando un acuerdo que implica la renuncia a futuras acciones y la aceptación del monto acordado, con costas a cargo de ambas partes y exención del pago de tasas y sellados, bajo condición de cumplimiento. La sentencia también regula aspectos relativos al pago (a través de cuentas bancarias y depósito en cuentas sueldo), honorarios profesionales y acreditación del pago, estableciendo además que la misma es autonotificable. Fundamentos principales: "la conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada". Asimismo, "dado que la parte actora y la demandada han acordado un monto de $3.500.000, en conceptos de reparación por accidente laboral, y considerando que la misma no vulnera derechos de orden público", el tribunal decide homologar el acuerdo. La resolución también destaca que "las costas serán conforme a lo solicitado y exímase a las partes del pago de sellados y de la tasa de Justicia", y que "el beneficio cesará en caso de incumplimiento total o parcial del presente acuerdo". Disidencias: no se registran votos disidentes relevantes.

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