BAY NORBERTO ADRIAN C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
El Tribunal homologó la conciliación en causa laboral por la suma de 6.000.000 pesos. La decisión se fundamenta en que la conciliación resulta justa y no viola el orden público laboral, beneficiándose las partes con la cosa juzgada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Bay Norberto Adrian, demanda a Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. en relación con una enfermedad o accidente laboral. La parte conciliada acordó un pago de 6 millones de pesos, que el tribunal homologó, considerando que la misma “alcanzar, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada”. La homologación busca que el acuerdo tenga efectos de cosa juzgada y beneficie a las partes en el contexto laboral, eximiendo del pago de costas, sellados y tasa de justicia, salvo incumplimiento. Además, se regulan los honorarios profesionales y se establecen las modalidades de pago, incluyendo la apertura de cuentas y acreditaciones ante la autoridad competente. La sentencia también remite a las pautas pactadas en el acuerdo y a la normativa específica para los pagos y honorarios. La decisión se basa en que la conciliación no viola normas de orden público ni derechos fundamentales, y que el acuerdo presentado refleja una justa composición de intereses.
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