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FRANCULLI JORGE LUJAN C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La homologación de la conciliación en juicio laboral, establecida por la Cámara, confirma el acuerdo alcanzado entre las partes por la suma de $553.068,90, en relación a honorarios y aportes, con costas y beneficios fiscales, asegurando la validez y eficacia del acuerdo homologado.

Actor: Jorge Luján Franculli Demandado: Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Objeto: Homologación de la conciliación y fijación de honorarios extrajudiciales Decisión: Se homologó la conciliación y se estableció que los honorarios y aportes serán abonados conforme a lo pactado, con costas y exención del pago de tasas, con beneficios y condiciones para su cumplimiento. La sentencia reafirma la validez del acuerdo y regula pagos, honorarios y aportes, señalando que la homologación produce efectos de cosa juzgada y que las partes están exentas del pago de tasas y sellados, con la advertencia de que el beneficio cesará en caso de incumplimiento. La decisión se basa en que la petición resulta procedente conforme al art. 309 del CPCC. La sentencia también regula los honorarios de los profesionales intervinientes y los pasos para el pago, incluyendo la documentación necesaria. La resolución es firme, sin recurso de apelación y con notificación digital.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que lo peticionado resulta procedente en los términos del art. 309 del CPCC., atento la naturaleza del juicio en que se celebra; por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada." "Se homologó la conciliación celebrada entre las partes actora y demandada por la suma de $553.068,90, imputable a honorarios de 10 JUS, con más el 10 % de aportes y el 21 % en concepto de IVA, en relación a los rubros reclamados en autos y en la forma pactada en el acuerdo presentado." "Las costas serán conforme a lo solicitado y exímase a las partes del pago de sellados y de la tasa de Justicia, haciéndoles saber que dicho beneficio cesará en caso de incumplimiento total o parcial del presente acuerdo." "En atención a lo acordado en materia de honorarios, se regulan los honorarios del letrado de la parte actora en 2,62 Jus ($110.614) más IVA, y del letrado de la parte demandada en iguales términos, con la incorporación del 10 % de ley sobre los honorarios." "El

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