TRIGO MATIAS JUSTO RAMON C/ GALENO ART S.A S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La Cámara homologó un acuerdo conciliatorio por la suma de $5.000.000 en un expediente por accidente in-itinere, considerando que el mismo cumple con las normas de orden público y los requisitos legales, ratificando su acuerdo con fuerza de cosa juzgada y estableciendo las condiciones para su cumplimiento y sanciones en caso de incumplimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Matías Justo Ramón Trigo, demandó a Galeno ART S.A en un expediente por accidente in-itinere. Las partes suscribieron un acuerdo conciliatorio en fecha 15/7/25 por un monto de $5.000.000, que la autoridad judicial homologó en la presente resolución. La jueza Liliana Marta Lipicar expresó que "el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." Asimismo, se establecieron condiciones para el cumplimiento y sanciones en caso de incumplimiento, incluyendo intereses, costas, y regulación de honorarios profesionales, periciales y de los letrados intervinientes. La resolución también dispone la regulación de honorarios en función de los montos y el mérito del proceso, y la acreditación de pagos y depósitos por parte de la parte demandada. La homologación se realiza con fuerza de cosa juzgada, dejando constancia de la firma digital del tribunal y de la autoridad judicial.
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