WEBB MARIA ISABEL C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION y otro/a S/DAÐOS Y PERJUICIOS
La Cámara de Mar del Plata aclara la tasa de interés erróneamente consignada en la fallo y corrige el porcentaje de 6% a 1%. La decisión fue tomada por unanimidad, aclarando que la sentencia contenía un error material respecto a la tasa de interés aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, María Isabel Webb, interpuso una aclaratoria respecto de la sentencia definitiva dictada en autos por error en la tasa de interés establecida. La resolución del tribunal fue hacer lugar a la aclaratoria, confirmando que en la tercera cuestión de la sentencia, donde figuraba "TASA DE INTERÉS 6% ANUAL", debe entenderse que fue un error material y que la tasa correcta es "1% anual". La jueza Ramos, en su voto, indicó: "en la sentencia definitiva de fecha 26/06/2025 se ha consignado erróneamente la tasa de interés, dejase aclarado que en la tercera cuestión de la sentencia, donde dice 'tasa de interés 6% anual', debió decir 'tasa de interés 1% anual'." Los otros jueces adhieren a este voto. La resolución fue dictada en virtud del artículo 68 de la Ley 15.057 y del artículo 166 inciso 2 del Código Procesal Civil y Comercial, señalando que la modificación responde a un error material en la sentencia.
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