GOMEZ, GRISELDA MARIEL C/FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ACCION DE REVISION RESOLUCION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 15057
La sentencia condenó al Estado Provincial de Buenos Aires a pagar a la actora una indemnización por incapacidad laboral permanente parcial y definitiva, y declaró inconstitucional el DNU 669/19, en el marco de un reclamo por daños derivados de un accidente laboral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Griselda Gómez, demandó al Estado Provincial de Buenos Aires, en su carácter de responsable del accidente laboral sufrido el 17/04/2019, reclamando prestaciones dinerarias por incapacidad parcial y definitiva. La causa fue tramitada en sede administrativa y judicial, acreditándose que la lesión en el hombro y mano derecha se relaciona causalmente con el accidente. El tribunal consideró probado que las secuelas físicas en el miembro superior derecho derivaron del accidente y que dichas lesiones generan una incapacidad del 6,85% (tras descontar incapacidad previa del 11%). Además, se evaluó un daño psicológico por trastorno por estrés postraumático, que no fue vinculado causalmente con el accidente, por lo que se rechazó esa pretensión. El peritaje médico fue elaborado de manera imparcial, respetando el Baremo de la Ley 11.653, y el juez valoró que las secuelas físicas estaban probadas y relacionadas causalmente con el accidente, justificando la indemnización. La sentencia también abordó la constitucionalidad de las leyes y normas aplicadas, rechazando los planteos de inconstitucionalidad de la actora por considerarlos abstractos. Se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19, aplicando la normativa vigente y ajustando el cálculo del monto indemnizatorio al índice Ripte, resultando en la suma de $291.051,66, con intereses desde la PMI (17/04/2019). El tribunal condenó al Estado Provincial a pagar la suma establecida, con costas a la demandada y aplicó la ley 24432, limitando la responsabilidad en las costas del proceso. Fundamentos principales: "Se encuentra probado que las lesiones en hombro y mano derecha guardan relación causal con el siniestro ocurrido el 17/04/2019, y que tales secuelas generan una incapacidad del 6,85%. La pericia médica se fundamenta en un análisis técnico basado en el Baremo de la Ley 11.653 y en las condiciones específicas del caso, sin que exista prueba que permita vincular causalmente las secuelas psicológicas con el accidente laboral." "Asimismo, la inconstitucionalidad del DNU 669/19 fue declarado por el Tribunal, ya que su dictado no justifica la situación de emergencia y viola el procedimiento constitucional, por lo que resulta inaplicable en el presente caso." "Por todo ello, la suma de $291.051,66,
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