HSE S.A: C/ LANZILLOTTA ROSITA Y OTRO/A S/ CONSIGNACION
El Tribunal del Trabajo homologó una conciliación en la que las partes acordaron la distribución de un plazo fijo por un monto total de 2.000.000 pesos, beneficiando a Vivas Marta Elena y Lanzillotta Rosita. La resolución valida el acuerdo y regula transferencias, honorarios, y cumplimiento de pagos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora HSE S.A. y las demandadas Lanzillotta Rosita y Vivas Marta Elena llegaron a un acuerdo conciliatorio en autos, distribuyendo los fondos del plazo fijo en un solo pago con vencimiento cuando se desafecte el mismo o al día siguiente hábil si no fuera así. El tribunal, tras analizar que la conciliación cumple con las normativas de la Ley de Conciliación Laboral y la Ley 15.057, decide homologar el acuerdo, considerando que se ha alcanzado una justa composición de derechos e intereses. Se establece que los fondos del plazo fijo se transferirán a los beneficiarios, quienes deben denunciar los datos bancarios para efectuar las transferencias, comenzando a contar el plazo desde que se cumpla con este requerimiento. Además, se regulan los honorarios profesionales en función del valor del "Jus" establecido por la SCBA, y se ordena la notificación personal de las providencias de honorarios. Los costos del juicio serán soportados por su orden, y se regula el pago de la tasa de justicia en la suma de 91.958,85 pesos. Se instruye además la desafectación de fondos del plazo fijo y la comunicación con el banco para proceder a la transferencia. La resolución se firma por los jueces y el secretario, y se deja constancia del cumplimiento obligatorio de la homologación del acuerdo.
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