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FREITAS LUCRECIA ANAHÍ C/ BELTRAN ALMA GUADALUPE Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Homologación de acuerdo alcanzado entre las partes que se declara válido y se homologaa con fuerza de sentencia; se imponen costas a la demandada y se ordena depósito de tasas y contribución por parte de la demandada.

Costas Honorarios Sentencia Deposito judicial Homologacion de acuerdo Tasas judiciales Acuerdo laboral Tribunal del trabajo Buenos aires Ley 15.057

Quién demanda: La actora, Lucrecia Anahí Freitas.

¿A quién se demanda?

Las demandadas, Alma Guadalupe Beltrán y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación del acuerdo alcanzado entre las partes, con efectos de sentencia, incluyendo el pago de tasas, contribución sobre tasas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo con fuerza de sentencia, confirmando la validez del mismo y ordenando a la demandada el depósito de las sumas correspondientes en concepto de tasas y contribuciones, además de regular honorarios y disponer la apertura de una cuenta judicial. Fundamentos principales:
- Los jueces evaluaron los términos y alcances del acuerdo presentado, considerando que ajusta a las pautas del art. 5° del Anexo I del Acuerdo N° 4039 y que no viola la normativa del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (L.C.T.).
- El acuerdo fue denunciado espontáneamente por las partes, ajustándose a las formalidades legales y a la normativa laboral y procesal aplicable.
- La homologación con fuerza de sentencia se realiza en virtud de los arts. 15 y 277 de la Ley de Contrato de Trabajo, y las costas del juicio se imponen a la demandada conforme a las cláusulas del acuerdo y las disposiciones legales.
- Se intimó a la demandada a realizar el depósito de las tasas y contribuciones en los plazos estipulados, bajo apercibimiento de ejecución forzada.
- La regulación de honorarios se realiza conforme a lo pactado por las partes, en la cantidad de 1.10 JUS para cada letrado.
- La sentencia también ordena la apertura de una cuenta judicial en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y se advierte sobre las formalidades en la notificación y pago de honorarios y tasas.
- La decisión se fundamenta en la evaluación de la validez del acuerdo, la legalidad del procedimiento y la conformidad con la normativa laboral y procesal vigente, asegurando la efectividad de la homologación y el cumplimiento de las obligaciones procesales y sustanciales.

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