DIAZ LUIS ALBERTO C/ MUNICIPALIDAD DE EZEIZA S/ PRETENSION DE RECONOCIMIENTO DE DERECHOS Y PRETENSION INDEMNIZATORIA- EMPLEO PUBLICO
La sentencia condena a la Municipalidad de Ezeiza a abonar indemnización por despido en fraude tras más de 10 años de relación laboral irregular en modalidad transitoria. La Cámara confirma la condena y la aplicación de la indemnización por la prolongada relación no justificada como temporaria.
¿Quién es el actor?
Luis Alberto Diaz, trabajador municipal.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Ezeiza.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por despido en fraude, debido a la prolongación de la vínculo en régimen transitorio por más de 10 años, en contravención a la normativa que regula el empleo público y la duración de contratos temporarios.
¿Qué se resolvió?
El tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la Municipalidad a pagar una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio, con intereses, por la duración abusiva del vínculo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se evidencia que la prolongación de la designación transitoria por más de una década constituye un ejercicio desproporcionado de atribuciones públicas contrario a la buena fe y a la finalidad del régimen de empleo transitorio, configurando un abuso que afecta derechos constitucionales y laborales del actor. La utilización de un mecanismo de designación transitoria para mantener un empleo por tantos años es un ejercicio desproporcionado de las facultades públicas, en abierta contradicción con la normativa y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que condenan el uso prolongado de contratos temporarios en perjuicio de la estabilidad y derechos del trabajador." "Por ello, corresponde condenar a la Municipalidad a pagar la indemnización prevista, calculada sobre el sueldo neto del actor al momento del cese, con intereses desde esa fecha, y costas a la parte vencida."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: