FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DOS Y UNO SOCIEDAD ANONIMA S/ APREMIO PROVINCIAL
Sentencia que ordena el pago de la deuda y remate de la sociedad por apremio provincial, confirmando la ejecución y estableciendo el monto a abonar, y difiriendo honorarios hasta la liquidación definitiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires contra la sociedad anónima DOS Y UNO, en un proceso de apremio provincial por deuda fiscal. La parte demandada, notificada en su domicilio fiscal, no opuso excepciones dentro del plazo legal, por lo que se le declaró la pérdida del derecho que dejó de usar. El tribunal ordenó el pago del capital reclamado de $675.750,50, más intereses desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo, en la forma prevista por el art. 104 del Código Fiscal. Además, dispuso que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte demandada abone la suma total, con costas y sin regulación de honorarios hasta tanto exista una liquidación firme. Se constituyó domicilio en los estrados del juzgado por no haberse dado cumplimiento a los requisitos de notificación legal. Fundamentos principales: "Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta de los títulos ejecutivos obrantes en la causa, y lo dispuesto por los arts. 104 y 168 del Código Fiscal T. O. 2.011." "En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar." "Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado." "Con costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "Se dispuso que se lleve adelante la ejecución hasta el pago completo, con intereses desde la demanda hasta el efectivo pago, en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal." "Se difiere la regulación de honorarios hasta que exista liquidación firme." "No habiendo la parte demandada dado cumplimiento a los requisitos legales, tiéndese por constituido el domicilio en los estrados del juzgado."
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