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M.V.D. C/P.D.F.A.C. S/EJECUCION DE SENTENCIA

La resolución ordena el avance de la ejecución promovida por la parte actora contra la parte demandada, al no oponerse esta a las excepciones, dándose por perdido el derecho por inacción. La decisión se fundamenta en la falta de oposición y en la normativa del CPCC, y manda continuar con la ejecución, imponiendo costas a los vencidos.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La jueza Gabriela Fernanda Gil dispuso dar por perdido el derecho de la parte ejecutada, P.D.F.A.C., al no haber opuesto excepciones tras ser debidamente citada en el domicilio electrónico, en fecha 2/07/2025, en virtud de los arts. 150 y 155 del CPCC. La resolución indica que, en consecuencia, se ordena llevar adelante la ejecución promovida por la parte actora, con fecha 28/11/2024. La decisión se fundamenta en la inacción de la parte ejecutada, y se le imponen las costas del proceso a los vencidos, conforme a los arts. 68 y 69 del CPCC. La notificación se realiza vía electrónica conforme al art. 10 del Reglamento de Notificaciones Electrónicas, y se remite copia digital a los domicilios electrónicos de las partes. No se presentan votos disidentes ni consideraciones adicionales.

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