MERCADO BERNARDINO SERGIO C/ FREDES ANA MARIA S/ EXCLUSION DE HERENCIA
La demanda de exclusión de herencia por separación de hecho sin voluntad de unirse fue acogida y se excluyó a la demandada de la herencia del causante, considerando acreditada la separación de hecho sin voluntad de convivir.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Bernardino Sergio Mercado, demanda la exclusión de herencia de Ana María Fredes basada en su separación de hecho del causante, Bernardino Bonifacio Mercado, desde 2001, sin voluntad de unirse. Argumenta que la separación fue absoluta y definitiva, que el causante falleció en 2013, y que la demandada no tuvo contacto ni asistencia con su padre en el último año de vida. La demandada, Ana María Fredes, niega la separación y sostiene que su convivencia fue ocasional y que ella intentó mantener la relación, además de que la separación no fue culpable y no justifica su exclusión. La prueba testimonial y documental, incluyendo declaraciones de testigos y expedientes judiciales, acreditan la separación de hecho sin voluntad de unirse. El tribunal concluye que se ha demostrado la existencia de la causal de exclusión por separación de hecho sin voluntad de unirse, y en consecuencia, declara la cesación de la vocación hereditaria de la demandada. Se imponen las costas a la parte demandada. La sentencia fundamenta en el art. 3575 del Código Civil, jurisprudencia y la valoración de las pruebas, resaltando que la separación de hecho se acreditó por las declaraciones testimoniales y expedientes judiciales, y que la conducta de la demandada en no asistir al velatorio y entierro refuerza la causal. La actitud procesal de la demandada también fue considerada en su perjuicio.
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