BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ OJEDA SANDRA VIVIANA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
La sentencia condena a la demandada al pago de $293.194,59 por un préstamo personal no abonado, declarando su rebeldía y considerando la documentación como prueba suficiente para la condena. La declaración de rebeldía y la declaración de puro derecho permiten presunción de verdad de los hechos y acreditan la relación crediticia y el incumplimiento. La sentencia condena a la demandada al pago con intereses desde la mora, y las costas se imponen a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, el Banco de la Provincia de Buenos Aires, demanda a la Sra. S V O por el cobro de $293.194,59, saldo de un préstamo personal otorgado en octubre de 2021, con intereses desde la mora (31/8/2022). La documentación acompañada acredita la existencia del préstamo, la acreditación del crédito y la falta de pago pese a los reiterados reclamos. La demandada no compareció a la audiencia, se la declaró rebelde y, por ello, se presume veraz lo declarado en la demanda. La sentencia afirma que “con la declaración de rebeldía y posterior declaración de puro derecho cobra virtualidad la presunción de verdad de los hechos expuestos al inicio” y que “los instrumentos allegados… tienen virtualidad probatoria suficiente para la condena”. El tribunal condena a la demandada a pagar la suma reclamada más intereses, y las costas a su cargo. La declaración de rebeldía y la no comparecencia fortalecen la evidencia en favor del actor. La sentencia también señala que “los efectos resultan de la conjunción armónica de los arts. 60 y 354 del ritual y así, la rebeldía constituye presunción de verdad de los hechos pertinentes y lícitos invocados por la actora”.
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