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S.D.R. C.E. C/ V..C. M. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO

La responsabilidad compartida en el accidente de tránsito y la condena a pagar indemnización por daños y perjuicios, incluyendo daños físicos, morales, estéticos, gastos médicos y reparación del vehículo, en proporción a la responsabilidad de las partes, confirmando la sentencia de primera instancia.

Responsabilidad objetiva Reparacion integral Valoracion de prueba Responsabilidad compartida Peritajes Danos patrimoniales y no patrimoniales Responsabilidad por danos en accidentes de transito Indemnizacion danos fisicos y morales Responsabilidad en partes iguales.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, C. E. R., promovió demanda por daños y perjuicios contra C. M. V., por un accidente ocurrido el 10 de mayo de 2020 en 9 de Julio, Provincia de Buenos Aires, en el que sufrió fractura de tibia y otras lesiones, reclamando $1.321.700, más intereses, gastos médicos, daño estético, daño moral, incapacidad y reparación del rodado. La aseguradora y el demandado reconocieron el hecho pero negaron responsabilidad, alegando culpa exclusiva de la víctima y su imprudencia. La causa se sustanció con prueba documental, incluyendo cámaras de seguridad, peritajes y testimonios, concluyendo que la responsabilidad en el hecho debe distribuirse en partes iguales entre las partes, por lo que la responsabilidad no es exclusiva de ninguna de ellas. El tribunal valoró la prueba pericial, que mostró que la motocicleta fue impactada por la izquierda por el automóvil, y que la víctima no respetó la prioridad de paso, aunque también se atribuyó responsabilidad al conductor del automóvil por no reducir la velocidad ante un reductor de velocidad y la inexistencia de señalización que modificara la prioridad en la rotonda. La responsabilidad se distribuyó en un 50% para cada parte. Respecto a los rubros indemnizatorios, se consideraron los daños físicos, morales, estéticos, gastos médicos y reparación del vehículo, con una base de cálculo en cada uno de ellos, ajustándose a parámetros objetivos y principios de reparación integral. Se fijó la suma de $900.000 por punto de incapacidad, por tratarse de un valor razonable en la jurisprudencia, y se condenó a pagar en conjunto la suma de $12.096.140, más intereses, con costas proporcionales a la responsabilidad. Además, se extendió la condena a la aseguradora en los términos del seguro vinculado. El tribunal confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos, incluyendo la distribución proporcional de responsabilidad, los montos indemnizatorios y las costas, rechazando los agravios y manteniendo la resolución en todos sus aspectos.

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