ALVAREZ LUCIANO ARIEL S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
El juez declaró la quiebra de Luciano Ariel Alvarez, solicitada por el propio deudor, debido a su situación de insolvencia derivada de una cadena de créditos y refinanciaciones, y dispuso diversas medidas para administrar y liquidar sus bienes, protegiendo el patrimonio y evitando pagos indebidos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor y demandado Luciano Ariel Alvarez solicitó su propia quiebra por incapacidad de afrontar sus deudas, alegando que su situación se agravó por créditos de consumo adquiridos sin evaluación de capacidad crediticia, con prácticas abusivas por parte de las entidades financieras. La sentencia declara la quiebra, ordena el desapoderamiento de sus bienes, y establece medidas cautelares y administrativas para preservar su patrimonio, incluyendo inhibiciones, embargos y publicidad de edictos. Se fundamenta en la ley 24.522, artículos 77 y siguientes, y en la evidencia de la insolvencia del deudor, quien no posee bienes registrables, y tiene un pasivo estimado en más de 12 millones de pesos. El tribunal destaca que Alvarez no pudo cumplir con sus obligaciones y que su situación fue agravada por prácticas comerciales abusivas, violaciones normativas y falta de información por parte de las entidades crediticias. Además, se fijan plazos para la presentación de informes, verificación de créditos, y publicación de edictos, conforme a los procedimientos de la ley de quiebras. La sentencia también ordena el embargo de los haberes del deudor y otras medidas de protección patrimonial.
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