TIERRAS Y BALNEARIO MAR DE AJÓ SRL C/ GUERRASIO PABLO ANTONIO Y OTROS S/ ACCION DECLARATIVA(SUMARIO)
La Cámara rechaza la acción declarativa de prescripción liberatoria promovida por Tierras y Balneario Mar de Ajó SRL y confirma el rechazo en primera instancia, fundamentando que la acción excede los límites del proceso declarativo y carece de fundamentos probatorios suficientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, "Tierras y Balneario Mar de Ajó SRL", promovió una acción declarativa de prescripción liberatoria respecto a un contrato de compraventa de 1978, alegando que la obligación de escriturar había prescripto y que ejercía posesión del inmueble, que actualmente se encuentra en posesión de los herederos de los compradores. La demandada y sus sucesores rechazaron la pretensión, alegando que la relación jurídica y la posesión estaban en discusión, y que existían actos de turbación y despojo. La jueza de primera instancia rechazó la acción por considerar que esta excede el ámbito de la declaración de certeza y que la situación jurídica compleja requiere un proceso de mayor debate. La Cámara confirma esa decisión, resaltando que la pretensión de declarar la prescripción liberatoria carece de fundamento en las pruebas y que la controversia requiere un proceso que permita dilucidar las cuestiones de fondo. La sentencia también destaca que la acción buscaba la extinción de una obligación que no ha sido resuelta ni extinguida por los medios legales adecuados y que la prueba aportada no demuestra la prescripción alegada por la parte actora.
FUNDAMENTOS PRINCIPALES:
"Superada la profusa discusión que se dio en la doctrina y jurisprudencia especializada en tiempos pretéritos, respecto a la admisión de la prescripción -en el caso liberatoria
- por vía de acción; asumo la admisión formal de la misma para el caso que la reclamante 'Tierras' demuestre un interés serio y legítimo que le ocasione un perjuicio actual -interpretado con sumo rigor
- y además, que no exista otro medio legal idóneo para abordarla, dado su carácter residual.
[...]
La situación jurídica base sobre la que intenta obtener una declaración de certidumbre se encuentra objetivamente obstaculizada por la evidencia de actos contradictorios, incluyendo la posesión ejercida por los sucesores y las acciones de turbación y despojo por parte de la demandada, por lo que no puede considerarse una situación clara y pacífica que permita la procedencia de una acción declarativa de prescripción liberatoria.
[...]
Por todo ello, la acción excede los límites de su finalidad y debe ser rechazada, puesto que la pretensión de certificar la extinción de la obligación mediante declaración de prescripción no se encuentra sustentada en la prueba suficiente y adecuada, ni en una situación jurídica clara, por lo que corresponde confirmar
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