CFN S.A C/ RODRIGUEZ VERONICA AZUCENA S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia admite la ejecución de un pagaré por deuda de dinero en relación de consumo. El tribunal confirma la validez del título y ordena la ejecución, incluyendo intereses y IVA, con costas a la ejecutada. La decisión se fundamenta en la ley 24.240 y la normativa vigente, garantizando protección al consumidor y la constitucionalidad de los derechos involucrados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia fue dictada en autos "CFN S.A c/ Rodriguez Veronica Azucena s/ Cobro Ejecutivo" expediente Nº 50792, en la que CFN S.A. demanda a Verónica Azucena Rodriguez por la suma de $81.982,25, correspondiente a un pagaré con cláusula "sin protesto" y fecha de vencimiento en 2019. La jueza analizó la relación jurídica, concluyendo que se trata de una relación de consumo, por lo cual la normativa de la ley 24.240 es de aplicación imperativa y de orden público. La sentencia destaca que, si bien el pagaré cumple con los requisitos del Decreto-Ley 5965/63, no es ejecutable si vulnera la Ley de Defensa del Consumidor, pero en este caso, el documento aportado cumple con los requisitos legales y es válido para la ejecución. La mora del deudor se produce con el solo transcurso del plazo, y se reconocen los intereses y el IVA sobre los mismos, que deberán liquidarse en oportunidad de la ejecución. La resolución ordena el pago del capital, intereses y IVA, con costas a la parte vencida, y difiere la regulación de honorarios. La jueza también establece que el domicilio de la ejecutada se entiende constituido en los estrados del juzgado y que fue intimada en su domicilio real. La sentencia fundamenta que la relación de consumo y la protección constitucional garantizan la validez del título en ejecución, y que la inclusión del IVA es procedente. Disidencia: no se menciona disidencia relevante en la sentencia.
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