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EHULECH, LIDIA LINA c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

La actora impugnó judicialmente la fórmula de movilidad previsional prevista en la ley 27.609, la Cámara Federal ordenó aplicar una fórmula de ajuste trimestral que combina el IPC y el RIPTE para actualizar los haberes, declarando inconstitucional la norma.

Inconstitucionalidad Seguridad social Ripte Movilidad previsional Ley 27.609 Ley 27.541 Ley 27.426 Ajuste ipc

Impugnación de la constitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609 que regulaban la movilidad de los haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Rechazó el cuestionamiento a la ley 27.426, ordenó a la ANSES integrar la diferencia de aumentos de diciembre 2020 conforme ley 27.426, y declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022. Dispuso aplicar una fórmula trimestral de ajuste compuesta 50% IPC y 50% RIPTE.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La garantía constitucional de movilidad previsional requiere que los aumentos mantengan razonable correlación con cambios en el estándar de vida y no produzcan confiscación.
- La fórmula de la ley 27.609 generó una depreciación acumulada de los haberes respecto del IPC del 97,29% y del RIPTE del 66,18%, vulnerando la garantía.
- Corresponde establecer una fórmula de ajuste trimestral 50% IPC y 50% RIPTE para preservar el poder adquisitivo.

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