E. M. N. C/ M. J. J. S/ LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, fija una recompensa de U$S 11.820,45 a favor de E., ordena rendición de cuentas sobre el fondo de comercio panadería y establece un canon locativo de $49.000 desde junio de 2018, actualizable semestralmente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia de primera instancia resolvió en un proceso de liquidación de comunidad y régimen de convivencia, dividiendo bienes, beneficiando a E. con recompensas por mejoras, compensación por uso exclusivo y ordenando restitución de inmueble. La Cámara revisó y modificó aspectos clave, en particular la valoración del inmueble y la recompensa. La parte actora (E.) alegó que la valoración del alquiler de $70.000 mensuales no reflejaba la realidad inflacionaria, proponiendo actualización semestral y mayor interés moratorio, por lo que solicitó se modifique el punto 7 del fallo. La demandada (M.) argumentó vulneración de derechos por perspectiva de género, cuestionó la valoración de la vivienda y el fondo de comercio, y criticó la calificación de bienes gananciales; además, solicitó la revocación total del fallo. La Sala, tras análisis pericial y pruebas, consideró que las construcciones en el inmueble tenían origen previo y posterior al matrimonio, diferenciando las etapas de obra, y que la valoración del inmueble y recompensas debía ajustarse. Se revoca parcialmente la sentencia, estipulando recompensa de U$S 11.820,45, y estableciendo canon locativo de $49.000 desde junio de 2018, con actualización semestral. También ordena rendición de cuentas sobre el fondo de comercio y la restitución del inmueble, con fundamentos en los principios de igualdad y perspectiva de género, y en la valoración de las pruebas periciales y documentales.
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