TOLOZA JUAN MANUEL C/ EMPRESA NUEVE DE JULIO SOCIEDAD ANONIMA DE TRANSPORTE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a los demandados a pagar $40.000 por daños y privación de uso del vehículo, rechazando la apelación por insuficiencia de agravio y fundamentando la decisión en la respaldo probatorio y la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Juan Manuel Toloza, demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 3 de noviembre de 2021, en La Plata, en el que su vehículo resultó dañado tras un impacto causado por un colectivo asegurado por Nueve de Julio Sociedad Anónima de Transporte, embistiendo un vehículo asegurado por Mutual Rivadavia. La sentencia de primera instancia condenó a los demandados a abonar $40.000 en concepto de indemnización por privación de uso, daños materiales y otros perjuicios. La Cámara revisora, tras analizar los agravios, concluyó que la sentencia no era arbitraria ni infundada, dado que la evidencia documentada, fotográfica y testimonial avalaba la responsabilidad de los demandados, y que los argumentos del recurso no lograron desvirtuar los fundamentos de la decisión de origen. En particular, se sostuvo que la valoración probatoria fue adecuada y que la responsabilidad de los demandados quedó suficientemente acreditada. Además, se abordó la cuestión de la actualización monetaria, confirmando la constitucionalidad y razonabilidad de la condena actualizada, en línea con la doctrina de la Corte y la jurisprudencia provincial, rechazando los planteos de improcedencia de indexación y de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928.
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