VELAZQUEZ LUCIO FERNANDO C/ALMAFUERTE EMPRESA DE TRANSPORTE SACI E I Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó en lo sustancial la sentencia que condenó a la empresa de transporte y a la aseguradora por daños derivados de un accidente vial, elevando la indemnización por daño moral a $5.500.000 y confirmando la responsabilidad del demandado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Lucio Fernando Velazquez, demanda a Almafuerte Empresa de Transporte S.A.C.I. e I., y a su aseguradora Metropol Sociedad de Seguros Mutuos, por daños físicos, psíquicos, daños morales y gastos derivados de un accidente ocurrido el 29/8/2020, cuando fue colisionado por un colectivo conducido por Juan Ruben Corbalán. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó al demandado a pagar $18.650.000, además de costas y extensión a la aseguradora. La parte demandada interpuso recurso de apelación, cuestionando la valoración de la responsabilidad, los rubros indemnizatorios, la incorporación de la IPP, y el cálculo de intereses. La Cámara confirmó la responsabilidad y la condena, elevando la indemnización por daño moral a $5.500.000, rechazando los agravios relativos a la valoración de los daños, la utilización del IPP y la aplicación de intereses, y declarando parcialmente desierto el recurso en relación a ciertos rubros. Fundamenta la decisión en la valoración de las pruebas, la incorporación de la IPP, la proporcionalidad del daño moral, y la correcta aplicación de la normativa vigente en materia de actualización y tasas de interés, en línea con la doctrina judicial y la jurisprudencia de la SCBA. La sentencia también impone las costas a la parte apelante y difiere la regulación de honorarios.
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