CABRERA EDITH CLAUDIA C/ CANDELA VIVO JOSEFA ASUNCION Y OTRO/A S/ DESPIDO
La sentencia declara la procedencia de la demanda por despido sin causa y condena solidariamente a las demandadas al pago de la indemnización, confirmando la responsabilidad solidaria por transferencia del establecimiento y rechazando la multa del art. 132 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Edith Claudia Cabrera demanda a Josefa Asunción Candela Vivo y Claudia Susana Saja por despido sin causa y otros rubros laborales, reclamando $494.174,03. La relación laboral comenzó el 4 de diciembre de 2013, inicialmente a nombre de Saja, transferido en agosto de 2016 a Candela Vivo, con funciones de atención en un predio deportivo en Quilmes. La sentencia acreditó la existencia de la relación laboral, de sus características y modalidad, mediante pruebas documentales, declaraciones testimoniales y presunciones, además de la transferencia del establecimiento en 2016. La parte demandada no contestó la demanda y fue declarada rebelde, reconociendo los hechos por vía de la rebeldía. La relación laboral fue probada con testimonios y documentos, y se determinó que el despido fue directo y sin causa en marzo de 2018, mediante escritura pública, sin constancia en autos del contenido del despido. La sentencia reconoce la existencia de una relación laboral, la transferencia del establecimiento y que el despido fue injustificado, por lo que se ordena pagar indemnización por antigüedad, preaviso, vacaciones, SAC proporcional, multas por incumplimiento legal y otras sumas líquidas. Se rechaza la multa del art. 132 bis por falta de intimación. La sentencia también declara inconstitucional el art. 7 de la ley 23.928 y ordena actualizar las sumas por depreciación monetaria, además de condenar en costas a la parte demandada.
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