BURGOS JOSE LUIS C/ EXPERTA ART SA S/ APELACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA
La sentencia declara la caducidad del reclamo por vulnerar principios constitucionales, pero la mayoría del tribunal decide declarar la inconstitucionalidad del plazo de caducidad de 90 días establecido por la ley provincial 15.057 y, en consecuencia, archivar el expediente, dejando sin efecto la caducidad y sus efectos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, José Luis Burgos, interpuso demanda el 14/3/2025 contra la ley 15.057 que establece un plazo de 90 días hábiles para ejercer acciones en revisión de resoluciones de Comisiones Médicas Jurisdiccionales, tras la notificación de la resolución. La Cámara, por mayoría, consideró que la caducidad prevista en dicha ley viola el principio de supremacía constitucional y los derechos laborales, y declaró la inconstitucionalidad del plazo. La señora juez Pérez Herrera disiente, argumentando que la norma establece un plazo razonable y que la legislación nacional en materia de riesgos del trabajo regula plazos de prescripción, no de caducidad, y que la norma provincial vulnera principios constitucionales y derechos del trabajador, por lo cual propone su declaración de inconstitucionalidad y la inaplicabilidad en el caso. La decisión final fue declarar la caducidad del reclamo y ordenar su archivo, con costas en el orden causado, sin considerar otros planteos.
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