CORDOBA ALEJANDRA ANDREA Y OTROS C/ GRUPO SANAR SRL Y OTRO/A S/ EJECUCION DE SENTENCIA
Aprobación de honorarios y liquidación de tasas en un proceso judicial. La sentencia regula los honorarios profesionales y los importes de tasas de justicia, confirmando los valores pactados y acreditados, y estableciendo el pago en los términos de la ley 14.967 y ley 6716. La resolución también dispone notificaciones y cumplimiento de pagos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El expediente corresponde a una homologación de honorarios y liquidación de tasas en un proceso judicial. La parte representada por el Sr. José Luis Ramirez, en nombre de Grupo Sanar SRL, presenta documentación y acuerda los honorarios profesionales con los abogados Elisabet Fernández, Pablo Franco D´Adamo y Marisa Paulina Stelzer. La Cámara regula los honorarios en las sumas establecidas de 9,83 y 4,10 Jus arancelarios, respectivamente, y determina los importes de la tasa de justicia ($62.442,97) y la contribución del 10% ($6.244,29), acreditándose parcialmente el pago. La decisión también contempla las notificaciones y el cumplimiento del pago, haciendo referencia a los artículos de la ley 14.967 y ley 6716 que rigen la regulación de honorarios y tasas judiciales. La resolución indica que la notificación de la regulación de honorarios puede efectuarse por cualquier medio fehaciente y establece los plazos de pago y las opciones del profesional en caso de mora.
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