LECUNA JAVIER ANDRES C/ PROVINCIA ART S.A S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La sentencia condenó a Provincia ART SA a pagar una indemnización por incapacidad laboral permanente, parcial, y declaró la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928 y del artículo 12 de la ley 24.557, ajustando el monto a una suma superior basada en la inflación y principios de equidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Javier Andrés Lecuna, demanda a Provincia ART SA por prestaciones dinerarias derivadas de un accidente in itinere ocurrido el 20 de julio de 2017. La ART aceptó la contingencia y brindó prestaciones en especie, pero posteriormente se cuestionó la cuantificación de la incapacidad y el cálculo indemnizatorio. La sentencia reconoce la responsabilidad de la aseguradora, fija la incapacidad en 4.71%, y determina una indemnización de $3.859.798,12, actualizada por un mecanismo que considera principios de equidad y buena fe, en vista de la inflación y la jurisprudencia del máximo tribunal provincial. Además, declara la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928 y del artículo 12 de la ley 24.557, por afectar derechos constitucionales y generar una indemnización que no refleja la realidad económica del trabajador. La decisión también establece que los intereses se devengan a una tasa del 2% desde la fecha del accidente y hasta el pago, y que la actualización del monto debe hacerse con base en el índice RIPTE, en lugar del mecanismo previsto por la normativa cuestionada. La sentencia concluye que la indemnización ajustada en estos términos garantiza la reparación adecuada, evitando distorsiones inflacionarias.
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