Logo

DERRASAGA NORBERTO ADRIAN C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO

La Cámara de La Plata reconoce la procedencia del reclamo de Norberto Derrasaga respecto del adicional del 10% por función de Instructor de Aprendiz, limitando su reconocimiento al período hasta 2010, y establece que la liquidación debe realizarse a valores actuales con intereses del 6% anual desde el devengamiento.

Intereses Recurso de apelacion Valores actuales Liquidacion Administracion publica Reconocimiento retroactivo Proceso administrativo. Funcion de instructor de aprendices Adicional 10% Normativa ley 10.449 y decreto 1705/89

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Norberto Adrián Derrasaga, demanda la anulación de la resolución que reconoce su derecho al adicional del 10% por funciones de Instructor de Aprendiz, en tanto lo limita al año 2010 y a valores históricos, argumentando que sí se registraron ingresos en los períodos posteriores y que la función se extendió más allá de lo reconocido. La defensa del Estado sostiene que los registros de ingresos solo comprueban funciones hasta 2010 y que la designación de instructores requiere acto administrativo previo y formal, además de que no existe respaldo normativo para extender ese reconocimiento más allá de esa fecha. La Cámara concluye que el ejercicio efectivo de funciones de instructor se acreditó solo hasta 2010 y declara que el pago del adicional debe hacerse a valores actuales, con intereses del 6% anual y tasa pasiva vigente. Las costas se imponen en el orden causado. FUNDAMENTOS: El tribunal analiza la prueba documental, que muestra que los últimos ingresos registrados en la sede Tolosa fueron en 2010, y que las órdenes y listados administrativos avalan que las funciones de Instructor de Aprendiz se ejercieron hasta esa fecha. La normativa del artículo 20 de la ley 10.449 y el Decreto 1705/89 establecen que dichas funciones deben cumplirse en el período definido y con designación administrativa previa, lo que no se acreditó más allá de 2010. La documentación y los informes administrativos demuestran que la rotación y los registros de ingresos no justifican la extensión del período de funciones más allá de esa fecha. La sentencia destaca que la designación de instructores requiere acto administrativo y proceso de selección, no solo informe de la escuela, por lo cual, no procede reconocer el pago del adicional más allá del año 2010. Asimismo, se ajusta la liquidación al criterio de valores actuales y se aplican intereses del 6% anual desde el devengamiento de cada diferencia. La decisión también contempla que las costas se impongan en el orden causado.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar