RODRIGUEZ ANDREA FABIANA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL IPS S/ PRETENSION ANULATORIA - PREVISION
La Cámara de La Plata confirmó la sentencia que ordenó al IPS reajustar la jubilación de la actora al 75% del sueldo, considerando el total de servicios docentes con aportes al IPS, y rechazó los agravios del ente previsional en base a la interpretación de la normativa previsional vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Andrea Fabiana Rodríguez, demanda la nulidad del acto administrativo que le otorgó una jubilación del 70% del sueldo en base a 26 años de servicios docentes, y solicita que se readecúe al 75% considerando todos sus aportes y servicios.
- El demandado, IPS, argumenta que la normativa exige cumplir requisitos específicos de edad y años de servicios en tareas de afiliación, y que la actora no cumple con los mismos para acceder al porcentaje mayor.
- La sentencia analiza que la normativa (arts. 24, 41, 42 y 43 del dec. ley 9650/1980) permite reconocer el 75% del haber al quien acredita servicios en tareas de afiliación al IPS, y en este caso, la actora acreditó 26 años de servicios docentes con aportes íntegros, por lo que corresponde la actualización del porcentaje.
- La Sala concluye que la actora cumple con los requisitos para acceder al 75%, ya que toda su carrera fue en tareas docentes con aportes íntegros, y que la interpretación del IPS que limita a requisitos de edad y servicios en tareas específicas no es aplicable, por lo que se ordena la modificación del cálculo del haber jubilatorio con efectos retroactivos y pago de diferencias.
- Además, se desestiman los planteos de inaplicabilidad de ciertos artículos de la Ley 14.967 y se imponen costas a la demandada.
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