ZUNINO FRANCO AGUSTIN C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - EMPL.PUBLICO
La Cámara desestima la medida cautelar solicitada por Zunino contra la sanción expulsiva impuesta por el Ministerio de Seguridad, argumentando que no se acreditan requisitos para su otorgamiento y que la medida puede ocasionar mayor perjuicio, priorizando el interés público y la gravedad de los hechos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Zunino Franco Agustín, demanda al Ministerio de Seguridad en el marco de una medida cautelar solicitando la suspensión de los efectos del acto administrativo que le impuso una sanción expulsiva y su reincorporación. La Cámara, tras analizar la petición, concluye que no se cumplen los requisitos para la concesión de la medida cautelar, ya que no se invoca un derecho verosímil respecto al objeto del proceso. Además, señala que la adopción de la medida podría ocasionar un perjuicio mayor, afectando intereses públicos y considerando la gravedad de las irregularidades atribuidas al actor. La resolución cita que, si bien la cautelar requiere un juicio de verosimilitud, en este caso no se advierte que la medida sea adecuada, ya que "los hechos siempre trasuntan acerca de la constatación de faltas o irregularidades graves". La Cámara fundamenta también que la aplicación del artículo 22 del CCA impide la procedencia de medidas cautelares sin la concurrencia de todos los requisitos, que en este caso no se cumplen. En consecuencia, se desestima la medida cautelar y se imponen las costas en el orden causado. Los honorarios profesionales del letrado de la parte actora se regulan en la suma de 10 Jus, más aportes previsionales y el porcentaje por IVA, de acuerdo a la normativa vigente.
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