MORENO ARCE ROBERTO CARLOS C/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS DE LA P S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO
La Cámara de La Plata confirmó la validez del cálculo del porcentaje de jubilación basado en la normativa aplicable y rechazó la pretensión de la parte actora de obtener un porcentaje mayor. La decisión se fundamenta en la interpretación del régimen de reciprocidad y la metodología de cálculo prevista en la ley 13.236.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Roberto Carlos Moreno Arce, demanda contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, solicitando la nulidad del artículo 2° de la resolución RESOC-2023-599-GDEBA-CRJYPP y su confirmatoria, y reclamando que su haber jubilatorio sea liquidado en un 66,77% de acuerdo con la antigüedad acreditada. La Caja de Retiros, por su parte, sostiene que la metodología de cálculo y el porcentaje aplicado, 51,54%, son correctos y ajustados a derecho, en línea con la normativa vigente y el régimen de reciprocidad. La controversia radica en si la determinación del porcentaje del haber previsional, basada en la ley 13.236 y sus artículos 36, 37 y 41, viola principios constitucionales o si se ajusta a la normativa aplicable. La Cámara concluye que el cálculo es correcto y que la normativa no vulnera derechos constitucionales, rechazando la pretensión del actor y confirmando las resoluciones impugnadas. Se destaca que la interpretación de los artículos de la ley 13.236 en relación con la reciprocidad y el cálculo del porcentaje de jubilación resulta coherente con la normativa y precedentes judiciales, y que la diferenciación en el tratamiento de servicios prestados en distintas jurisdicciones responde a criterios de razonabilidad y legalidad.
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