LLANOS KAREN AYELEN Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Homologación de acuerdo judicial en proceso laboral; el tribunal confirma y homologan el acuerdo con fuerza de sentencia y establecen obligaciones procesales y de pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia homologó un acuerdo celebrado entre las partes en un proceso por homologación de convenio laboral. La decisión se fundamenta en que el acuerdo cumple con los requisitos formales y sustanciales del art. 5° del Anexo I del Acuerdo N° 4039 y no viola la normativa del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Los jueces consideraron que el acuerdo constituía una justa composición y que su homologación era procedente, otorgándole fuerza de sentencia. Además, impusieron costas a la parte demandada y ordenaron el depósito de las sumas correspondientes a tasas de justicia y contribución, bajo apercibimiento de ejecución. La fundamentación principal señala que "evaluados los términos y alcances del acuerdo y ajustadas las formalidades, no puede objetivamente afirmarse que no constituya una justa composición". La homologación se realiza conforme a los arts. 15 y 277 de la LCT, y la decisión es unánime en la sala. La resolución también regula aspectos de costas, honorarios y pago de tasas, estableciendo un plazo de cinco días para el depósito y tres días para acreditar el pago.
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