MANCHENTO HILDA LIBERTAD C/ ARELLANO BLANCA ROSA Y OTRO/A S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
La Cámara de Morón confirmó la sentencia que ordenó el desalojo del inmueble en favor de la actora, fundamentando la ilegítima ocupación de la demandada y la existencia de un contrato de comodato precario sin plazo definido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Hilda Libertad Manchento, demanda a Blanca Rosa Arellano por desalojo del inmueble ubicado en Hurlingham, alegando la existencia de un contrato de comodato suscripto en 2018 y la negativa de la demandada a desocupar tras vencido el plazo convenido. La demandada, notificada en su domicilio, no compareció y fue declarada rebelde. La sentencia declara la existencia de un comodato precario, donde la demandada, ocupando sin plazo, debe restituir el inmueble. La sentencia fundamenta que, por su silencio y la falta de prueba en contra, la ocupación es ilegítima y que la actora posee derecho a recuperar la tenencia, en línea con los arts. 1533 y 1536 del Código Civil y Comercial, y arts. 1187 y concordantes del Código Civil. La resolución también destaca que la acción de desalojo tiene como objeto la restitución de la cosa y que la naturaleza del proceso impide discutir derechos reales, limitándose a derechos personales. La sentencia ordena el desalojo, condena a la demandada a restituir el inmueble y a soportar las costas.
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