BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BRIZUELA HECTOR ELIAS S/ COBRO EJECUTIVO
Sentencia de cobro ejecutivo contra Hector Elias Brizuela por deuda de $141.176,94. La sentencia ordena la ejecución y remate hasta el pago íntegro, con intereses y punitorios, y confirma la validez del proceso tras no oponerse excepciones en plazo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Banco de la Provincia de Buenos Aires demanda a Hector Elias Brizuela en un proceso de cobro ejecutivo por una suma de $141.176,94, más intereses y punitorios derivados de una obligación nacida el 02/02/2017 y vencida el 31/08/2017. La sentencia, dictada por el juez Pablo Felipe Blanco, ordena la ejecución hasta que el ejecutado pague la totalidad de la deuda, incluyendo intereses compensatorios y punitorios según los límites establecidos por la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La decisión se basa en que no se oponieron excepciones dentro del plazo legal y que se cumplió con la notificación del domicilio constituido en los autos. El tribunal dispuso además el costo de costas a cargo del demandado y postergó la regulación de honorarios. El juez argumenta: "Atento al resultado del mandamiento que se diligenciara a la accionada en su domicilio y no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar". La sentencia refleja que, tras no presentarse defensas, se procede con la ejecución en los términos solicitados por el actor, en línea con los arts. 155 y 166 del C.P.C., y siguiendo los arts. 540, 548 y 549 del C.P.C.C. En cuanto a los intereses, se establecen con límites: "los intereses compensatorios que se devenguen desde el nacimiento de la obligación 02/02/2017, los que se calcularán conforme lo acordado por las partes siempre y cuando no superen 1 vez la tasa Activa del Banco de la Provincia en operaciones de descuento a treinta días en pesos". Los punitorios se calcularán desde la mora, es decir, desde el 31/08/2017, y no podrán superar "media vez la tasa y parámetros de interés antes referidos". La sentencia también dispone costas a cargo del demandado y deja pendiente la regulación de honorarios.
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