LEONCABALLO, MORENA ROCIO C/ SUCESORES HERNANDEZ CLAUDIO, SUCESORES HERNANDEZ CLAUDIO S/ FILIACIÓN
La Cámara dicta sentencia en una acción de filiación que confirma la existencia del vínculo biológico de Morena Rocío Leoncaballo con Claudio Marcelo Hernández, declarando su condición de heredera forzosa. La decisión se basa en prueba genética concluyente y consideraciones constitucionales y legales sobre el derecho a la identidad y la verdad biológica.
- Quién demanda: Morena Rocío Leoncaballo, por reclamación de filiación y herencia.
- A quién se demanda: los herederos de Claudio Marcelo Hernández, fallecido en 2021.
- Qué se reclama: reconocimiento de la filiación materna y su condición de heredera del causante.
- Qué se resolvió: se hizo lugar a la demanda, declarando a Morena Rocío Leoncaballo como hija de Claudio Hernández y heredera forzosa con efecto retroactivo.
Fundamentos:
"Los resultados observados NO EXCLUYEN a MORENA ROCIO LEONCABALLO como hija biológica de un hermano biológico indubitado de MARIA ELBA HERNÁNDEZ, LILIANA GRACIELA HERNÁNDEZ, RAMON ENRIQUE HERNÁNDEZ y CARLOS FABIAN HERNÁNDEZ."
"La prueba genética realizada por la perito Lic. María Paula Vieta en base a perfiles genéticos concluye que 'proveen en conjunto sustento de peso a favor de la hipótesis de existencia de vínculo biológico alegado.'"
"Se reconoce que la filiación es un derecho de carácter personalísimo, y que la prueba científica de ADN ofrece certeza prácticamente absoluta."
"La acción fue promovida con retraso, pero esto no perjudica a los demandados, dado que no realizaron acto de disposición y desconocían la existencia del vínculo en vida del causante."
"Se impusieron las costas en el orden causado, por considerarse que la parte actora no actuó con dolo o mala fe."
"Los honorarios profesionales y de la perito genética fueron regulados en las sumas correspondientes."
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