PICON GONZALEZ CRISANTO FEDERICO C/ BARROS ALFREDO HORACIO Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
La sentencia reconoce la prescripción adquisitiva de dominio a favor de Crisanto Federico Picon Gonzalez sobre tres lotes en Necochea, tras más de veinte años de posesión pública, pacífica y continua, y determina la fecha de adquisición al 1 de enero de 2021.
- Quién demanda: Crisanto Federico Picon Gonzalez
¿A quién se demanda?
Herederos de Alfredo Horacio Barros; Juan Carlos Dondero; Herederos de Juan Carlos Dodero; Herederos de Angel Pascual Fernandez
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prescripción adquisitiva bicenal del dominio de tres lotes de terreno en Necochea, mediante la prueba de posesión pública, pacífica, continua y con ánimo de dueño desde 2001.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda, reconociendo la adquisición del dominio con fecha 1 de enero de 2021, y se ordena la inscripción registral correspondiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal valoró la prueba testimonial, documental, acta notarial y pericia, concluyendo que el actor ejerció actos posesorios en forma pública, pacífica e ininterrumpida por más de veinte años. Se destacó que la ley 14.159 y el Código Civil y Comercial habilitan la usucapión en estas condiciones, y que la prueba fue suficiente para acreditar la posesión. La evaluación integral de las pruebas y la sana crítica permitieron afirmar que el actor cumplió con los requisitos legales. Se resaltó que la fecha de inicio de posesión fue el 1 de enero de 2001, y la adquisición del dominio se produjo el 1 de enero de 2021. La sentencia también estableció que la misma tiene efectos ex tunc y que debe inscribirse en el registro de la propiedad, cancelando las inscripciones anteriores.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: